viernes, 13 de agosto de 2010

REGLAMENTO DE ELECCIONES A LA COMISIÓN INSPECTORIAL DE HOGARES DON BOSCO

Córdoba, 31 de Julio del 2010


Queridos amigos:

Os presentamos el Reglamento para la elección de la Comisión Inspectorial de HDB, el cual utilizaremos el próximo día 3 de Octubre en el Encuentro de Consejos de la Familia Salesiana, que se celebrará en el colegio de Triana (Sevilla).

El movimiento de HDB necesita regular determinados procesos para seguir creciendo, y uno de estos procesos es la elección de la Comisión Inspectorial.

Este día se procederá a la elección de la nueva Comisión Inspectorial. Y debido a la premura del tiempo, hemos acordado aceptar todas las candidaturas que se presenten hasta el día 19 de Septiembre (14 días antes de la elección).

Cualquier aclaración, no dudéis en llamarnos a nosotros o a cualquier miembro de la Comisión Inspectorial.

Un abrazo,

Eva y Salvador
Matrimonio Coordinador Inspectorial



REGLAMENTO DE ELECCIONES A LA COMISIÓN
INSPECTORIAL DE HOGARES D. BOSCO



1. OBJETIVO Y PRINCIPIOS GENERALES DE LAS ELECCIONES.

1.1. Objetivo.
Es objeto del presente Reglamento la regulación del proceso para la elección de la Comisión Inspectorial de Hogares D. Bosco, con el fin de posibilitar la adecuada provisión de los cargos que la componen y la máxima participación de todas las Comisiones Locales en los procesos electivos.

1.2. Ejercicio de comunión y corresponsabilidad.
El Ideario de los Hogares Don Bosco anima a todos los miembros a su participación en el Movimiento. Se trata, por tanto, de un ejercicio de corresponsabilidad no sólo para la buena marcha del Movimiento, sino, sobre todo, para dotar a éste de Responsables que animen la vida de los Grupos. Pide para este acto participación con espíritu de iniciativa.

1.3. Parte de la implicación de todos en el ámbito local.
Establece el Ideario de HDB que el Grupo es la base fundamental de nuestro Movimiento. La elección de los Responsables locales es puramente democrática y parte de la necesidad de responsabilizar al máximo a todos los miembros del Movimiento; implicación de todos en la animación y gobierno de la Comisión, manifestada, entre otras cosas, en la participación electoral y en la aceptación del servicio a la Comisión.

1.4. Implicación indirecta de todos en el ámbito Inspectorial.
Los miembros de la Comisión Inspectorial son elegidos mediante sufragio restringido, reservado a los Coordinadores de las Comisiones y Responsables locales; y puesto que todos éstos fueron elegidos mediante votación, la Comisión Inspectorial es también expresión de la corresponsabilidad de todos los miembros de Hogares Don Bosco.

1.5. Elegir responsables-animadores.
La elección de la Comisión Inspectorial tiene como objetivo proveer al Movimiento de los animadores necesarios para desarrollar las funciones que el Ideario de Hogares Don Bosco le encomienda: "Asegurar el funcionamiento del Movimiento en orden a sus fines apostólicos". Para ello deposita en varios Matrimonios, durante un período 2 de tiempo de tres años, funciones de animación y de gobierno de acuerdo con el Ideario de Hogares Don Bosco.

1.6. Elegir un colegio.
No se olvide que se elige a una Comisión que actúa de forma colegial; es un concepto que, englobándolo, va más allá del trabajo en equipo y, desde luego, supera al trabajo individual: La candidatura, que estará formada por el Matrimonio Coordinador, Matrimonio Secretario, Matrimonio Administrador y varios Vocales.

1.7. Atención a los criterios generales.
Dejamos para el final, aunque no son menos importantes, los criterios generales de nuestra organización:

• flexibilidad
• adaptabilidad y
• servicio a la persona como norma última.

En suma: la elección puede adoptar las formas concretas que mejor respondan a la situación, con tal que se garanticen los principios de:

• libertad de expresión y elección de los electores
• respeto de las opciones de la mayoría
• relevo de las personas en los cargos.

Según este espíritu, vez por vez podrán adoptarse las normas que parezcan convenientes.

2. ELECTORES.

2.1. Son electores los Matrimonios Coordinadores Locales o Responsables Locales, así como también el Delegado Inspectorial, la Comisión Inspectorial en ejercicio y los Componentes de las Candidaturas presentadas.
Cada localidad podrá aportar además un Matrimonio por cada diez Grupos o fracción de diez, por el método de la representatividad.
Cada Matrimonio tiene derecho a un único voto.
2.2. Se excluye a cualquier otro Matrimonio del Movimiento de Hogares Don Bosco no citados; por ejemplo los Representantes de Grupos en iniciación.

2.3. El sufragio activo se ejerce personalmente o por delegación.

2.4. Los electores, que no pudiendo asistir, deseen hacerse presentes en la Asamblea electoral, pueden otorgar su representación ante la misma, junto con su voto (delegar su voto). Para ello, deberán cumplimentar el documento que figura como Anexo 1 a este Reglamento y hacerlo llegar a la Mesa electoral en el momento de constitución de ésta por medio de un miembro de la Comisión local.


3. ELEGIBLES.

3.1. Son elegibles todos los Matrimonios de la Inspectoría: los Matrimonios de los Grupos formados en las localidades que figuren en la relación de la Inspectoría, con la cuota puesta al día y que formen parte de una Candidatura presentada, atendiendo a los principios y normas de este Reglamento.

3.2. Si bien puede ser elegido cualquier Matrimonio de Hogares Don Bosco (lo cual es un signo de corresponsabilidad), los Electores han de tener en cuenta lo siguiente:

• No todos los Matrimonios de Hogares Don Bosco son idóneos para este tipo de servicio, bien por su preparación, bien por su situación personal coyuntural; por lo que no se debe forzar a ningún Matrimonio a prestar este servicio.
• No existen candidatos perfectos: los Matrimonios estamos formados por hombres y mujeres sencillos y todos tenemos problemas, falta de tiempo y responsabilidades familiares.
• Con todo y a pesar de todo, alguien debe asumir estas funciones en bien del Movimiento.
En las circunstancias históricas que ocurren estas elecciones consideramos tener en cuenta los siguientes criterios:
- Continuidad de parte de la Comisión anterior.
- Representación de las Zonas, pues debido a la amplitud geográfica de la Inspectoría es necesario que estén representadas las distintas Zonas en las que dividimos nuestra Inspectoría.

3.3. Debido a estas consideraciones, optamos por iniciar un proceso electoral
basado en candidaturas.

4. PROCESO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS.

4.1. El motor de la presentación de candidatos es la conciencia personal, estimulada y apoyada por los grupos. Los Matrimonios dispuestos a asumir algún servicio se lo irán comunicando a sus respectivos Coordinadores locales, quienes, inmediatamente, lo pondrán en conocimiento de la Comisión Inspectorial.

4.2. Para garantizar la continuidad del servicio de animación inspectorial y teniendo en cuenta todos los criterios citados en los puntos 1 a 3 de este Reglamento, la Comisión Inspectorial saliente se compromete a presentar una Candidatura.

4.3. Cualquier Matrimonio puede presentar una Candidatura, hablando con los interesados y enviando la composición de la misma a la Comisión Inspectorial.

4.4. Las Candidaturas deberán contar con un número comprendido entre 10 y 12 personas, 5 ó 6 Matrimonios.

4.5. El plazo para la presentación de Candidaturas termina un mes antes del inicio de la Asamblea electoral.

4.6. La Comisión Inspectorial elaborará las papeletas electorales y las comunicará a los Coordinadores locales antes de la Asamblea y al principio de la Asamblea.

5. ASAMBLEA ELECTORAL.
5.1. Convocatoria.
Para proceder a la renovación de la Comisión Inspectorial se reunirán los Matrimonios Coordinadores Locales y Responsables Locales, convocados por el Matrimonio Coordinador Inspectorial.
Esta Asamblea tiene carácter colegial, por lo que se requieren estas condiciones:
1. La convocatoria de todos los miembros.
2. La presencia de la mayoría absoluta de los Coordinadores Locales convocados y los votos delegados.
3. El cómputo del resultado de la votación se hará sobre los miembros presentes en la Asamblea, y los votos que por delegación acompañen al otorgamiento de representación de aquellos miembros de las Comisiones locales que no hayan podido asistir, y que previamente se han depositado en la Mesa Electoral.
4. Teniendo en cuenta la proporcionalidad de Grupos del Movimiento en cada localidad de la Inspectoría, cada Matrimonio Coordinador ira acompañado por un Matrimonio en aquellas localidades que tengan más de diez grupos o fracción de diez.

5.2. Desarrollo.
• El Matrimonio Coordinador y Matrimonio Secretario de la Comisión Inspectorial cesantes y el Matrimonio Coordinador local de mayor antigüedad formarán la Mesa Electoral y, en caso de necesidad, resolverán las dudas interpretando lo escrito en este Reglamento.
• La mesa electoral expondrá a la Asamblea la situación y el mecanismo electoral. A continuación, tendrá lugar la votación.
• La votación para la elección de la Comisión Inspectorial será secreta; cualquier otra votación se realizará a mano alzada.
• La Mesa Electoral, realizará el recuento de votos, incluidos los emitidos mediante otorgamiento de representación.
• Para que la elección de una candidatura sea válida se requiere la obtención de mayoría absoluta en el primer y segundo escrutinio.
• Efectuado un tercer escrutinio, resultará elegida la candidatura que obtenga mayor número de votos.
• Por último, la mesa proclamará a los Candidatos elegidos.

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